El último miercoles 09 de mayo a partir de las 15horas se realizó en las dependencias del Espacio Santa Ana, Cerro Cordillera, la Asamblea General Ordinaria de la Corporación de Desarrollo Cultural y Social Capilla Santa Ana del Cerro Cordillera y la Asamblea General Extraordinaria del Centro Cívico Capilla Santa Ana. Ambas figuras que nos permiten de manera instrumental trabajar en el cerro desde una perspectiva jurídica a su vez que garantiza que el territorio esté representado en el organismo directivo máximo de la corporación.
Las asambleas son reuniones llevadas a cabo de manera ordinaria una vez al año, o extraordinariamente cuando lo exijan las necesidades de la asociación, a las que se convoca a todos los socios y socias de la corporación y centro cívico.
Con respecto a la Asamblea General Ordinaria de la Corporación la tabla de reunión abordó temáticas tales como; memoria del año 2017 que narra las actividades, conmemoraciones, encuentros, visitas y fondos postulados, adjudicados y ejecutados durante el año. También se presentó balance financiero principalmente enfocado en compartir y empoderar al directorio con respecto a la matriz financiera; sus ingresos, gastos, valoración económica del trabajo voluntario, etc. Finalmente, se eligió directorio 2018-2020 de la Corporación, el cual se ratificó al antiguo directorio conservando todos sus miembros y cargos.
El directorio queda así compuesto por: Christian Amarales como Presidente, Ana María Vergara, vecina de la Población Obrera La Unión como Vice- presidenta, Frida Reyes, vecina del cerro como Secretaria, Norma Ladrón de Guevara, vecina del cerro y activa integrante de la Parroquia Perpetuo Socorro como Tesorera y como Directores, Armando Soto, vecino representante de varias organizaciones territoriales (clubes deportivos, cesfam, parroquia, etc), Solange Salinas, vecina de la Población Obrera La Unión y Oscar Cuadra, párroco de la Parroquia Perpetuo Socorro.
Este directorio tiene la tarea de administrar la corporación y sus bienes con las más amplias facultades, pudiendo acordar la celebración de todos los actos y contratos que tiendan al cumplimiento de nuestros fines organizaciones. Prontamente convocarán a Asamblea General Extraordinaria para reflexionar y generar modificaciones a los estatutos de la corporación de modo que el documento sea útil para el funcionamiento y representativo de los intereses del territorio.
Informémonos
¿Qué es una corporación o fundación? Las corporaciones y fundaciones son personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro, formada por la unión estable de una pluralidad de personas naturales o jurídicas, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles y ser representada judicial y extrajudicialmente, que persigue fines benéficos o no lucrativos y que se encuentran reguladas en sus aspectos generales por los artículos 545 y siguientes del Código Civil. Son todas aquellas que no reparten entre sus socios las utilidades o excedentes obtenidos como producto de sus actividades, los que serán utilizados exclusivamente para el cumplimiento de los fines y objetivos de la entidad. Buscan alcanzar fines espirituales, culturales, altruistas y no lucrativos.
La diferencia entre una corporación o fundación radica en que en la corporación lo importante es la unión de personas dedicadas a fines benéficos, mientras que en la fundación el elemento determinante es un patrimonio (por ejemplo, un inmueble) que se destina a dicho fin beneficioso.
Los elementos básicos para la existencia de las corporaciones son:
1- Pluralidad de miembros. No existe en la ley un número mínimo de personas para formar una corporación, sin embargo, teniendo presente las incompatibilidades y los órganos que deben existir al interior de ella, se requiere de al menos seis o nueve miembros según si se establece o no la comisión revisora de cuentas.
2-El fin por el que las personas se asocian debe ser no lucrativo, pues el objeto de la corporación no es obtener ganancias para sus miembros, sino por el contrario, cumplir fines culturales, educativos, etc. 3-Organización. Estructura de la corporación (directorio, asamblea, órgano disciplinario, estatutos, etc.)
¿Qué beneficio supone constituir mi organización como corporación o fundación? Las organizaciones, asociaciones y reuniones de personas, si bien pueden desarrollar diversas actividades, generalmente no son reconocidas por el derecho. Entonces, solo a partir de la concesión de la personalidad jurídica, la organización —ahora como corporación o fundación— es reconocida formalmente por el derecho y por las instituciones del Estado. Con ello es posible postular y acceder a diversos beneficios, tanto estatales (programas, adjudicarse proyectos, licitaciones, fondos concursables, etc.), como del sector privado (programas de otras ONG, financiamiento, créditos, etc.)
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